Actos sucesorios
Una persona capaz dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte.
Una de las partes transmite a la otra la titularidad jurídica que ostenta sobre una
cosa, tratándose de derechos reales, o bien en cuanto a los derechos personales o de
obligación.
Es
el documento autorizado por un notario mediante el cual una persona física o moral
confiere facultades a otra para que actúe en su nombre y representación.
La
revocación, es el documento mediante el cual la persona que
otorgó el poder declara deje de tener efectos.
Acto personalísimo del testador que
voluntariamente dispone de sus bienes, ya sea de
una manera total o parcial, para que después de su muerte se ordene su propia
sucesión.